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NOTA
Estas conclusiones han sido extraídas por
nosotros, no han sido consensuadas con nadie. Si encontráis algo erróneo
o fuera de lugar, por favor comunicárnoslo para cambiarlo. |
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Cuando
empezamos con esto de la adopción, en primer lugar lógicamente, nos
interesamos por conocer que pasos había que seguir para realizar los
trámites de adopción en nuestro país, que pasaba con los documentos,
que hacia la ECAI etc, etc. Pero una vez conocido más o menos estos
pasos, nos empezamos a preguntar que sucedía allí en la India con el
niño/a desde que es abandonado hasta que llega con nosotros . Navegando
por la red durante varias semanas y consultando diferentes páginas, así
como leyendo las directivas del CARA, hemos llegamos a las siguientes
conclusiones: |
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El
abandono o entrega de niño.
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Los niños que se encuentran en los orfanatos pueden haber llegado de
diferentes modos:
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Entregados directamente por sus propios familiares.
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Abandonados en cualquier lugar.
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Recogidos de la calle: niños indigentes.
En
el primer caso, si son sus padres quienes lo entregan,
se intentará por parte del orfanato la reconsideración de éstos. En
cualquier caso, los padres biológicos dispondrán de 3 meses para la
reconsideración. Si pasan estos 3 meses y el niño no es reclamado, el
orfanato dispone de 45 días para colocar al niño con padres indios en el país.
En los casos segundo y
tercero, y después de la orden emitida por las autoridades competentes
declarando al niño libre para adopción, el orfanato tendrá 7 semanas para
colocar al niño con familias indias, incluyendo una semana para la
reconsideración de los padres (si se encontraran).
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Pasa el tiempo marcado y no
encuentran a una familia india para el niño: ¿Qué sucede?
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El orfanato dará todos los datos del niño al VCA más
próximo, y este organismo dependiente del CARA, dispone de 60 días para
encontrar una familia india en el propio país o en el extranjero. Si
transcurrido este tiempo no encuentra ninguna familia india para el niño,
este organismo declara al niño disponible para adopción internacional.
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¿Qué está
ocurriendo más o menos al mismo tiempo con nosotros en nuestro país?
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Nuestra ECAI ya ha recopilado todos los documentos
necesarios, se han traducido, se han legalizado etc,
y junto con nuestro estudio psicológico y social (Home Study) es
enviado a la India.
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El orfanato recibe una copia de los documentos y registra el nombre de
los potenciales padres adoptivos.
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Comparan el expediente de los padres con el expediente del niño para
establecer una relación adecuada entre los padres e hijo/a.
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Una vez la relación está hecha, el orfanato comprobará con el VCA si
el niño esta libre para la adopción internacional solicitando el NOC del VCA.
(VCA Clearance).
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Imaginemos
que al niño/a que nos han relacionado ya le han concedido el NOC del VCA ¿Qué
sucede?
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El orfanato, ya con el
NOC del VCA en la mano, envía el expediente del niño (Child Study Report) - una
fotografía, los datos del niño y el informe médico - para la aprobación de
los futuros padres adoptivos. Al mismo tiempo una copia del expediente de
los padres y de niño es revisada por otro organismo dependiente del CARA: Las
Agencias de Escrutinio (pueden ser la Indian Council for Social Wellfare ó el
Indian Council of Child Welfare).
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Ya
tenemos la preasignación en nuestras manos. ¿Qué ocurre a continuación?
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Si la aceptamos, ésta se envía de nuevo a la
India y aquí es donde el CARA juega su papel y se asegura de:
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que todos los esfuerzos para conseguir una familia india para el niño
han sido un fracaso
-
que el orfanato provea toda la información necesaria junto con el
NOC del VCA (VCA clearance).
Todo lo anterior
tendrá que ser suficiente para convencer al CARA que la adopción
internacional es lo mejor para el niño.
Por último, se emite el
NOC del CARA (CARA Clearance).
Este es el que se publica en su página Web.
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Ya ha
pasado el “filtro” del CARA. ¿Qué hace a continuación el orfanato?
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El orfanato envía
toda la documentación al Tribunal de Justicia Familiar quien será el
encargado de otorgar la custodia legal a los padres adoptivos. El proceso se
realiza en tres jornadas:
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El abogado presenta: El NOC del CARA (CARA clearance), el home study de los padres y el
NOC del VCA (VCA clearance).
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Se revisan todos los documentos.
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Se concede la custodia
La Agencia de Escrutinio
analizará como ya hemos comentado anteriormente todos los documentos tanto
de los padres como del niño, y aconsejará al tribunal competente que dicha
adopción es lo mejor para los intereses del niño.
Pocos días después, o
en algunos tribunales inmediatamente dictan la sentencia
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¿Qué
ocurre cuando ya se ha dictado sentencia?
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El orfanato, deberá
obtener en la Oficina Regional de Pasaportes, y en base a la orden de
custodia del Tribunal, el pasaporte a favor del niño/a.
El orfanato enviará el
original de la sentencia a la ECAI que nos enviará una copia de la
sentencia.
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¿Y
a partir de ahora?
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A PREPARAR EL VIAJE.
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¿Termina
todo aquí?
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Aún no, pero lo más importante ya lo tendremos
con nosotros.
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