
La Guerra del Corso en España
El Corso es el tipo de navegación que se hace con buques mercantes provista con patente de un gobierno, en busca de buques enemigos, para apresarlos.
Se aplicó en España extraordinariamente durante los siglos XVII y XVIII. Fué reglamentada en España por las "Ordenazas de la Real Armada" de 1.747 y 1.751 para cristalizar definitivamente en la "Ordenanza de Corso" de 20 de Junio de 1.801.
La Ordenanza de 1.801 obligaba a solicitar del Comandante Militar de Marina la Patente de Corso, previo afianzamiento, cuyo límite eran 70.000 reales de vellón, en garantía de no hostilizar a buques connacionales o que enarbolaran pabellón de pais en paz con la Corona.
Concedida
la Patente, que lo era una vez visto por las Autoridades de
Marina el buque que declaraba el solicitante, se procedía a su
armamento y tripulación. La tripulación debía de estar formaba
al menos por una cuarta parte de Matriculados,
es decir personal que hubiera servido en la Real Armada con
anterioridad. Los servicios prestados a bordo de buques corsarios
eran reputados como servicios en la Armada, a cuyos efectos la
tripulación gozaba del fuero de Marina mientras estuviera
enrolada. El artículo 7º estableció una escala de primas por
prisioneros y piezas de artillería capturadas según se tratara
de buques de guerra, corsarios o mercantes enemigos, que habrían
de ser justificados mediante el rol y el inventario de pertrechos
de artillería, respectivamente.
El valor obtenido en la venta de las presas era
distribuído en razón de: los tres quintos para la tripulación
y los dos quintos restantes para la oficialidad.
El conocimiento, supervisión y toda la tramitación del expediente incoado con motivo de cualquier apresamiento era exclusivo de la Autoridad de Marina.
La Declaración de Paris de 16 de Abril de 1.856 señala el principio del final de la Guerra del Corso. Esta declaración estaba dictada por las potencias navales egemónicas de entonces (sobre todo Inglaterra y en segundo lugar Francia), España no la firmó hasta que el 20 de Enero de 1.908 aceptó el Gobierno Español la abolición del Corso.
En plena Guerra Hispano-Americana el Gobierno Español dejó abierta la posibilidad de acojerse a su derecho de conceder Patentes de Corso en base a buques mercantes con jurisdicción de la Marina Militar R.D. de 23 de Abril de 1.898.
En todas las Guerras posteriores durante el
Siglo XX muchas Marinas Militares han armado y artillado buques
mercantes para funciones militares, incluso ambos bandos en la
Guerra Civil española, si bien ya no se les puede llamar con
propiedad buques corsarios, dado que solian actuar bajo
jurisdicción completamente militar y no por la iniciativa
personal de un armador privado.
Durante los siglos XVII y XVIII el corso fué práctica marítima muy extendida. En España normalmente se empleaba para contrarestar a las Marinas Corsarias de la costa Bereber y la pujanza marítima británica. Famosos fueron los corsarios ("Piratas" según el punto de vista) de la Costa Catalana, Balear (como Barceló), Ibiza (puerto corsario por autonomasia), Canarias (muchos corsarios-piratas canarios ejercieron su peculiar negocio a ambos lados del Atlántico) y Galicia (famosos sus Corsarios de la "Costa da Morte" gallega).
