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CONSTITUCIÓN DE
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:
SEÑOR
NOTARIO DE FE PUBLICA
Entre las escrituras a su
cargo, tenga a bien incorporar la presente de Constitución de SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA bajo las siguientes cláusulas:
P R I M E R A.- (PARTES, CONSTITUCIÓN y DOMICILIO).- 1.1.-
Dirá usted que son partes integrantes de la Sociedad en su calidad de
socios:
1.1.1.-
El señor _______________________, mayor de
edad, hábil por derecho, casado, Arquitecto, con C.I. No._________,
vecino de esta ciudad, con domicilio en calle Uruguay No. _______ de esta
ciudad.-
1.1.2.-
El señor ___________________, mayor de edad, hábil
por derecho, soltero, Técnico Industrial, con C.I. No. __________,
vecino de esta ciudad, con domicilio en calle Junín No. ____ de ésta
ciudad;
1.1.3.-
El señor: ______________________, mayor de
edad, hábil por derecho, casado, Empleado, con C.I. No. ___________.,
vecino de esta ciudad, con domicilio en Av. República No. __________, de
ésta ciudad.-
1.2.-
Las partes de mutuo acuerdo deciden constituir la
Sociedad de Responsabilidad Limitada que girará bajo la razón social de
_______________ " ____
LTDA.", con domicilio principal en calle _____________, de
esta ciudad de Cochabamba, pudiendo establecer sucursales en cualquier
ciudad o lugar del interior o el exterior de la República .-
S E G U N D A.-(DURACIÓN).-
Se
fija como duración de la Sociedad el termino de _____ AÑOS, computables
desde su inscripción en FUNDEMPRESA, pudiendo prorrogarse por un término similar o mayor y
disolverse por causa y formas cual lo describe el Código de Comercio.-
T
E R C E R A.- (OBJETO).- El objeto de la Sociedad,
será principalmente (
Aquí especificar a que se va a dedicar la Sociedad, lo que sigue es un
ejemplo:) la
importación, Exportación, de productos de maderas y el Comercio en
general, pudiendo ampliar sus objetivos de acuerdo a los intereses de la
sociedad en lo correspondiente al giro social, pudiendo intervenir en
importaciones y exportaciones para personas tanto naturales como jurídicas,
sean estas públicas o privadas, a nivel nacional e internacional,
pudiendo adquirir o manejar comercialmente la representación de cualquier
sociedad o empresa nacional o extranjera, dedicada a cualquier actividad o
genero de servicios o actividades comerciales.-
C U A R T A .- (CAPITAL SOCIAL Y CUOTAS) El capital social constituido es por
Bs. 100.000, (CIEN MIL 00/100 BOLIVIANOS), dividido en 100 cuotas de
capital, con un valor de Bs. 1.000, cada una, que corresponden a los
socios de la siguiente manera: ---------------
SOCIO CUOTAS
DE CAPITAL
VALOR EN BS.
PORCENTAJE
1.-________________________
40
40.000.-
40 %
2.-________________________
30
30.000.-
30 %
3.-________________________
30
30.000.-
30 %
TOTALES
100
100.000.-
100 %
Los aportes se encuentran totalmente pagados
conforme al Art. 199 del Código de Comercio, estando en consecuencia la
responsabilidad de cada uno de los socios limitada al monto de sus aportes
y cuotas de capital.- -
Q U I N T A .- (AUMENTO O DISMINUCIÓN DEL CAPITAL SOCIAL)
El aumento o disminución del capital social requerirá de la aprobación
de los socios que representen mas del 50 % del capital social.- -
S E X T A.- (DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DE LOS SOCIOS).-Los derechos y beneficios que se obtengan por los socios serán
proporcionales a las cuotas de capital que hayan aportado a la Sociedad,
de la misma forma su responsabilidad está determinada en proporción a
sus cuotas de capital.-
S E P T I M A.- (REGISTRO DE SOCIOS).- La Sociedad tendrá
dentro de su organización un libro destinado al registro de socios que
estará a cargo de la Gerencia General en el que deberá inscribirse el
nombre del socio, su domicilio, el monto de sus aportes, sus cuotas de
capital, transferencia de cuotas de capital, embargo, gravámenes,
hipotecas y otros similares.- -
O C T A V A.- (REPRESENTACIÓN y ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD).- La sociedad estará representada por un GERENTE GENERAL y un SUB
GERENTE.- La Gerencia General estará a cargo del socio
________________________.- El Gerente General tendrá la
representación de la Sociedad, Judicial, extrajudicialmente, contractual
y administrativamente, ante toda clase de personas naturales y jurídicas,
individuales o colectivas Publicas o privadas, autárquicas, autónomas,
nacionales, departamentales, provinciales del país y del exterior,
recibir y cursar correspondencia a nombre de la Sociedad, abrir y cerrar
cuentas Bancarias en Bancos Nacionales y/o extranjeros, girar sobre ellos,
retirar y hacer imposiciones, pedir aperturas de Líneas de Crédito y
Avance en cuenta corriente, suscribir todo género de contratos atinentes
al giro social, firmando minutas, escrituras, pólizas y documentos públicos
y privados, contraer y otorgar créditos con o sin garantías de bienes
sociales y con o sin hipoteca sobre los mismos, girar, aceptar, endosos,
descontar y renovar Letras de Cambio, cheques y demás documentos de
Cambio trayecticio, cobrar y percibir dineros y valores, comprar y vender
bienes en general a nombre de la sociedad, fijando precios, plazos,
intereses formas y condiciones de pago, recibir y otorgar poderes
generales y especiales para uno o
muchos actos, contratos y litigios pudiendo revocar en cualquier tiempo,
designar el personal de empleados y obreros, fijando sus sueldos y
salarios, funciones y atribuciones, pudiendo removerlos promoverlos o
deshauciarlos, demandar a nombre de la Sociedad, contestar demandas y
reconvenciones en cualquier vía o instancia y con uso de todos los
recursos ordinarios y extraordinarios que reconozcan las legislaciones del
o los países en que el litigue, presentar toda clase de memoriales y
solicitudes, ofrecer pruebas, tachar, apelar, compulsar, decir de nulidad
en los recursos de casación en el fondo
o en la forma y directo de nulidad, interponer demandas de Habeas
Corpus, Amparo Constitucional, Amparo Administrativo, contencioso
tributarios, contencioso administrativo de inconstitucionalidad, recursos
contra impuestos ilegales y de responsabilidad, designar peritos,
depositario y liquidadores, designar jueces y árbitros y suscribir
escrituras de capitulación arbitral, aprobar e impugnar excusas,
prorrogar y/o declinar jurisdicción y competencia, transar, desistir y
administrar desistimientos, sustituir en todo o en parte y reasumir y en
suma ejercitar cuanto actos y hechos jurídicos sean necesario y
conducentes al buen éxito del presente mandato. En suma se le otorgan
facultades plenas para realizar toda actuación que se encuentre
autorizada por el Código Civil y el Código de Comercio sin restricción
ni limitación alguna, a cuyo efecto los socios otorgarán un poder
Notariado, Bastante y Suficiente a su favor con las facultades plenas para
su labor o gestión de Gerente General, debiendo necesariamente para toda
actuación el mismo contar con mas del 50 % de votos o autorización
escrita o que conste en el libro de actas de los socios y de la sociedad.-
La SUB-GERENCIA, estará encargada al socio ________________________, y
ante la ausencia del GERENTE GENERAL, asumirá las funciones de este con
todas sus facultades inherentes.- -
N O V E N A.- (ASAMBLEA DE SOCIOS).- La asamblea de socios
constituye el máximo organismo de decisión de la sociedad, con todas sus
atribuciones contenidas en el Art. 204 del Código de Comercio y sus
decisiones deberán ser acatadas estrictamente por todas y cada una de las
Gerencias y Reparticiones de la Sociedad sin objeción alguna.- -
D E C I M A.- (ASAMBLEAS ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS).- Las asambleas ordinarias se realizaran cada SEIS MESES a partir de la
fecha de constitución de la Sociedad, debiendo hacerse constar sus
determinaciones y consideraciones en el Libro de Actas que estará a cargo
de la Gerencia General y las Asambleas Extraordinarias se reunirán cuando
menos una vez al año al cierre de cada gestión, pudiendo la Sociedad a
petición de sus socios emplazar la reunión o asamblea ordinaria o
extraordinaria cuando vea conveniente y/o necesario.- Se convocará a las
asambleas con una anticipación de quince días por intermedio de la
Gerencia General, necesitándose para hacer Quórum, la presencia en
representación de mas del 50 % de las cuotas de capital.- - -
D E C I M A
P R I M E R A.- (VOTOS DE LOS SOCIOS).- Todo socio tendrá derecho de
participar en las decisiones de la sociedad gozando de un voto por cada
cuota de capital que posea .- Para cualquier resolución de disposición y
de administración en la Sociedad se requerirá de votos que
representen mas del 50 % de las cuotas de Capital. Se necesitará la
representación de dos tercios del capital para las resoluciones que
comprende el Art. 209 del Código de Comercio ante la imposibilidad de
concurrencia personal de los socios, estos podrán ser representados por
un representante legal, mediante poder notariado.-
D E C I M A
S E G U N D A.- (ACTAS).- Las Resoluciones adoptadas por los socios en la
Asamblea serán asentadas en el Libro de Actas, el mismo que será
suscrito por los socios asistentes y estará a cargo de la Gerencia
General.- - - -
D E C I M A
T E R C E R A.- (CONTROL).- Los socios tienen la facultad
de supervisar, supervigilar y controlar el movimiento general de la
Sociedad, sin perjudicar el normal desenvolvimiento de la Sociedad, esta
facultad no se extinguirá por el establecimiento de Control Externo si se
designa por la Asamblea de socios.-
D E C I M A
C U A R T A.- (TRANSFERENCIA DE CUOTAS DE CAPITAL)
Para Transferir sus cuotas de capital el socio interesado hará
conocer de este hecho a los otros socios, quienes tendrán preferencia en
la adquisición de los mismos frente a terceros.-
D E C
I M A Q U I N T
A.- (CONCENTRACIÓN DE CUOTAS DE CAPITAL).-
La concentración de
cuotas de capital en un solo socio, motivara la inmediata disolución de
pleno.- Debiendo procederse a su liquidación conforme a Ley.-
D E C I M A
S E X T A .- (FALLECIMIENTO O INCAPACIDAD LEGAL DE LOS SOCIOS).- En caso de fallecimiento, impedimento o incapacidad sobreviniente de
uno de los socios, los restantes continuaran con el giro social,
juntamente con los herederos forzosos o legales o los representantes según
el caso hasta la culminación de la gestión anual.- Si los
herederos manifiestan sus deseos de retirarse o reclaman sus derechos o
intereses en la nueva gestión, se les devolverá o comprará sus cuotas y
en su caso se les reembolsará sus utilidades después de la ultima gestión
anual.- -
D E C I M A
S E P T I M A.-
(BALANCE, RESERVAS Y DIVIDENDOS).-
El ejercicio económico de la sociedad comenzará el primero de enero de
cada año y concluirá el treinta y uno de diciembre.- El Gerente General,
estará obligado a presentar a la Asamblea Ordinaria de Socios en plazo máximo
de tres meses a partir del cierre del ejercicio social, el balance
respectivo.- La sociedad deberá asignar en forma obligatoria, de sus
utilidades liquidas y efectivas anuales, el cinco por ciento (5 %) como mínimo
en calidad de reserva legal, hasta alcanzar el cincuenta por ciento (50 %)
del capital pagado.-
D E C I M A
O C T A V A .- (DISOLUCIÓN DE SOCIEDAD).- La sociedad podrá disolverse por
las siguientes causales:
1o.) En caso de que todas las cuotas de capital se concentren en un solo
socio, el que responderá por obligaciones sociales hasta la total
liquidación de la Sociedad.-----
2o.)
Por acuerdo de los socios reunidos en la Asamblea convocada
expresamente a dicho efecto.-
3o)
Por pérdida del cincuenta por
ciento (50 %) del capital social y reservas constituidas, salvo que los
socios que representen por lo menos dos tercios del capital social
resolvieran reponer dicha perdida.- Resuelta la disolución de la Sociedad
por las causales establecidas precedentemente, se designara dentro de los
días subsiguientes uno o mas liquidadores de entre los socios o personas
ajenas con las correspondientes facultades expresas.-
D E C I M A
N O V E N A.- (ARBITRAJE).- En caso de diferencias que surjan entre los
socios con respecto a la interpretación o aplicación se establece la
presente cláusula compromisoria sujeta a lo estatuido por los Arts. 1478,
1479, 1481 del Código de Comercio, su procedimiento contemplará la
previsión del Art. 1483 y complementariamente las normas procesales del
titulo V, Libro III del código de Procedimiento Civil.-
V I G E S I M A.- (CONFORMIDAD).-
Las partes aceptan todas
y cada una de las cláusulas anteriores de su libre y espontánea voluntad,
firmando al pie en constancia.- Y usted señor Notario dignese agregar las
demás cláusulas de seguridad y estilo.-
____________, __ de
________ de 2.___.-
Firmas.
Firmas.
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