REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN DE LA FIESTA DE MOROS Y CRISTIANOS DE LLEIDA
ARTICULO 1.-
El presente reglamento tiene como objeto el establecimiento de las
normas y directrices que regiran la Asociación de la Fiesta de Moros y
Cristianos de Lleida y la organización y celebración de la Fiesta.
ARTICULO 2.-
La Asociación de la Fiesta de Moros y Cristianos de Lleida se rige por las normas del presente Reglamento, por los Estatutos de la Asociación de la Fiesta, por los acuerdos tomados por la Asamblea General de Socios y por los acuerdos de la Junta Directiva, dentro del ámbito de competencia de cada uno de los organos.
La Asamblea general de Socios es el organo supremo de la Asociación.
ARTICULO 3.-
El presente reglamento vincula todos los miembros de la Asociación y las personas que participen en la Fiesta de Moros y Cristianos de Lleida, habitualmente o accidentalmente.
CAPITULO 2. LOS MIENBROS DE LA ASOCIACIÓN, SUS DERECHOS Y SUS OBLIGACIONES
ARTICULO 4.-
Pueden formar parte de la Asociación todas las personas mayores de 16 años. Habran de presentar una solicitud por escrito a la Junta Directiva, a traves de una comparsa, avalada por tres socios o socias. La Junta tomará una decisión sobre esto en la primera reunión que tenga lugar y la comunicará a la Asamblea General más inmediata. Se establece la categoria de miembro joven para los chicos y chicas de 12 a 16 años, con la cuota correspondiente. Los derechos y deberes de los socios y socias son los expresados en los capítulos 5 y 6 de los Estatutos.
CAPITULO 3. LA JUNTA DIRECTIVA
ARTICULO 5.-
(1)La junta directiva estará formada por:
a) Presidente o Presidenta
b) Vicepresidente o Vicepresidenta
c) Secretario o Secretaria
d) Tesorero o Tesorera
e) Tres Vocales
f) Además cada comparsa tendrá un representante en la Junta Directiva, elegido por la misma comparsa.
(2)La elección de los miembros de la Junta Directiva se hará por votación de la Asamblea General.
(3)El candidato a presidente presentará los miembros de la Junta.
(4)Los componentes totales de la Junta han de ser trece.
(5)El ejercicio del cargo no será remunerado.
ARTICULO 6.-
1.-Los miembros de la Junta Directiva ejercerán el cargo durante un periodo de ocho años.
2.-Los representantes de comparsa a la Junta Directiva ejercerán el cargo según la norma establecida en el reglamento interno de cada comparsa.
3.-Los representantes de comparsa a la Junta Directiva tienen derecho a voz y a voto.
4.-El cese de los cargos antes de extinguirse el término de mandato, así como las
vacantes que se produzcan en la Junta Directiva, se regularan por el articulo 15-2 y 15-3 de los
Estatutos.
CAPITULO 4. ORGANIZACIÓN DE LA FIESTA DE MOROS Y CRISTIANOS
ARTICULO 7.-
La Junta Directiva de la Asociación de la Fiesta de Moros y Cristianos será la encargada de la organización de la Fiesta, de la elaboración del programa oficial de actos y del mantenimiento del orden interno de la Fiesta. Así quedan sometidas a su autoridad las comparsas y todos los festeros y festeras.
La competencia de la Junta Directiva unicamente tendrá las limitaciones derivadas de los estatutos de la Asociación y las especificadas de manera especial en éste reglamento, ya sea por haberse aprobado en Asamblea General de Socios o bien por acuerdo mayoritario de la Junta Directiva.
ARTICULO 8.-
Són festeros y festeras las personas que participan en la Fiesta de Moros y Cristianos.
Para poder ser festero o festera y participar en la Fiesta de Moros y Cristianos de Lleida se ha de ser socio o miembro joven de la Asociación de la Fiesta y formar parte de una comparsa.
ARTICULO 9.-
Los derechos de los festeros y las festeras són:
a) Participar en todos los actos de la Fiesta.
b) Llevar la vestimenta de la Comparsa de la cual forma parte, siempre que cumpla lo que se establece en el presente reglamento y en el de su Comparsa.
c) Disfrutar de todos los derechos inherentes a su condición de festero o festera.
ARTICULO 10.-
Las obligaciones de los festeros y festeras són:
a) Satisfacer puntualmente las cuotas que establezca la Asociación de la Fiesta y la respectiva Comparsa. No hacerlo supone una falta grave.
b) Asistir a todos los actos del programa oficial.
c) Comportarse correctamente en todos los actos, darles la dignidad que merecen, procurando el máximo respeto a las autoridades festeras y tambien al público espectador.
d) Llevar correctamente la vestimenta de cada Comparsa.
e) Acatar las ordenes de los miembros de la Junta Directiva, de los organizadores de los actos de la Fiesta y de los directivos y organizadores de la respectiva comparsa.
F) Ir puntualmente a todos los actos en que sea convocado.
ARTICULO 11.-
DE LAS COMPARSAS.
1) Los festeros y festeras se agruparán en comparsas.
2) Las comparsas se organizarán en dos bandos: Moro y Cristiano.
3) Los dos bandos han de tener siempre el mismo número de comparsas.
4) La organización interna de cada comparsa es competencia exclusiva de la misma, podran redactar reglamentos de caracter interno, con la única obligació,n de presentarlos a la Junta Directiva de la Asociación de la Fiesta para el registro y depósito. Será necesaria la misma condición cuando se produzca una reforma de las normas interna de cada Comparsa.
5) En ningún caso las normas de las comparsas podran estar en contradicción con los Estatutos y Reglamentos de la Asociación de la Fiesta.
6) Las comparsas actualmente reconocidas por la Asociación de la Fiesta són seis, divididas en dos bandos, Moro y Cristiano, a razón de tres por bando. La denominación de las mismas según el orden de la entrada en el año 1.996, es el siguiente:
7) BANDO MORO: BANU-HUD || AL-LERIDIS || MUSA.
BANDO CRISTIANO: ELS ANGLESOLA || PALLARESOS || URGELLENCS.
Este orden de desfilada sera rotativo y el último lugar lo ocupará la comparsa que el año anterior haya ostentado la capitanía.
8) La Asociación de la Fiesta fija actualmente en seis el número de comparsas que pueden participar en la Fiesta.
9) No se admitiran nuevas comparsas hasta que las existentes actualmente tengan un número de festeros y festeras superior a cien en cada comparsa.
10) La creación de una comparsa nueva ha de surgir a partir de miembros de una vieja.
11) Cuando se quiera crear una nueva comparsa, las personas que la proyecten, habran de cumplir los siguientes requisitos:
a) Solicitarlo por escrito a la Asociación de la Fiesta.
b) Habran de expresar el nombre de la nueva comparsa, que habra de respetar criterios
historicos referentes a la época que la Fiesta conmemora.
Las comparsas cristianas han de llevar nombres de los territorios de los antiguos nobles
que participaron en la reconquista de Lleida: Ribagorça, Tolosa, Foix, Aragó.
Las comparsas moras han de llevar nombres de los pobladores del Amal de Lleida: Banu Qasi,
Almoravits, Banu Lup, Banu Amrrus, Berebers.
c) Expresión del bando a que quieren pertenecer.
d) Relación de los miembros fundadores de esta nueva comparsa que se comprometen a participar en la Fiesta. Estos miembros no podran ser en ningún caso inferiores a cuarenta.
e) Estos miembros fundadores habran de ser previamente socios de la Asociación de la Fiesta
12) Cada comparsa dispondrá de dos vestimentas, el llamado de gala que se utilizará
en la Entrada, en los Parlamentos y en la Batalla, y el de diario, que se utilizará en el
resto de actos de la Fiesta.
Queda totalmente prohibido utilizar estas vestimentas en cualquier otro acto que no sea autorizado
por la Asociación de la Fiesta de Moros y Cristianos de Lleida.
ARTICULO 12.-
Los cargos de la Fiesta de Moros y Cristianos de Lleida son los siguientes:
-Primer Tro de cada comparsa.
-Capitan o Capitana del bando Cristiano.
-Abanderado o Abanderada del bando Cristiano.
-Capitan o Capitana del bando Moro.
-Abanderado o Abanderada del bando Moro.
La designación de los cargos es competencia exclusiva de cada una de las comparsas a que
corresponda, sin otra obligación que comunicarlo a la Junta directiva durante el mes
de octubre del año anterior al de la celebración de la fiesta en que ejerceran el cargo. La
duración del cargo será de un año y el nombramiento habra de recaer en una persona que
reuna las condiciones de festero o festera con una antiguedad de al menos tres años.
Todas las comparsas elegiran un Primer Tro cada año, que representará su comparsa en todos los
actos protocolarios.
Tambien cada comparsa elegirá los cargos de Capitanes y Abanderados, de manera rotativa y de
acuerdo con el siguiente esquema, que se basa en el orden de la Entrada fijado en el articulo 11-7
del presente reglamento:
a) La primera comparsa a desfilar cada año de acuerdo con el orden de la entrada ostentará los
cargos de Capitanes y Abanderados del bando a que pertenezcan.
b) El bando que aquel año defienda la ciudad, desfila primero.
ARTICULO 13.-
Entrada de Moros y Cristianos
La entrada de Moros y Cristianos es el acto más importante y espectacular de la Festa de Moros y Cristianos de Lleida. Representa la entrada a la ciudad de los ejercitos Moro y Cristiano. A la entrada podran participar todos los festeros y festeras mayores de 12 años.
La Asociación de la Fiesta pondrá a disposición de cada comparsa una banda de música.
Los festeros desfilaran en filadas de seis más el Cap de Escuadra. Los festeros de más estatura desfilaran en el centro de la filada y los de menos estatura en las puntas.
No esta permitido que las filadas realicen giros hacia el público, ni hacer ningun tipo de figura, excepto las autorizadas por la Junta a petición de las comparsas de aquel año.
No podra tomar parte en la Entrada ninguna carroza que transporte personas o tenga tracción mecaníca. Tampoco se podra utilizar ningun elemento decorativo o de boato que sea anacronico.
Las comparsas que no ostenten la Capitania no llevaran elemento de boato, desfilaran forzosamente en filadas y llevaran el mismo vestido, exceptuando el pequeño acompañamiento del estandarte de la comparsa, siempre con vestido de gala.
La comparsa que ostenta la capitanía es la única que puede llevar elementos de boato y acompañamiento de los capitanes y abanderados. Además, podra desfilar en formaciones diferentes a la filada.
Las comparsas moras desfilaran con marchas moras y las cristianas con marchas cristianas.
Los elementos del boato son propiedad de la Asociación de la Fiesta y no pueden ser utiliados en ningún acto que no sea autorizado por la Junta.
El recorrido de la Entrada sera el siguiente:
-Salida de la Puerta del León de la Seu Vella hasta llegar a la calle Caballeros.
-Calle Caballeros. Calle Mayor.
-Plaza Paeria.
-Finalización en la plaza San Juan.
Hasta que las necesidades de la Fiesta pidan una ampliación o modificación. Esto ya no es exactamente igual, el recorrido ha sido variado, en vez de ir ahora por la calle Mayor, al terminar la bajada de Caballeros se sigue por la Avenida Blondel, hasta Francesc Maciá a la altura del Gobierno Civil donde se finaliza.
ARTICULO 14.-
Presentación de bandas y entrada infantil.
Pueden participar todos los niños y niñas menores de 12 años y los festeros y festeras que lo deseen, todos con la vestimenta de diario.
Durante la entrada infantil se podran interpretar marchas moras, cristianas y pasodobles festeros.
El orden sera el mismo que el de la Entrada de Gala.
ARTICULO 15.-
Los parlamentos y la batalla se realizaran en las murallas de la Seu Vella.
ARTICULO 16.-
Infracciones y sanciones.
Constituye infracción, el incumplimiento por parte de los festeros y festeras o de las comparsas, de las normas del presente reglamento o de los Estatutos, así como de las decisiones de la Junta Directiva. Tambien se considera infracción la desobediencia a las ordenes e instrucciones de los miembros de la Junta, especialmente durante el transcurso de los actos de la Fiesta.
Las infracciones seran calificadas por la Junta Directiva de leves, graves o muy graves.
Según la calificación de las infracciones, sera necesaria la presencia de "quorum", equivalente a los dos tercios de los miembros de la Junta y habran de votar a favor de la propuesta un mínimo del 75% de los asistentes.
Despues de la calificación de las infracciones, la Junta determinara la sanción pertinente de acuerdo con el siguiente baremo:
1.-FALTA LEVE: Sanción economica de mil a cinco mil pesetas.
2.-FALTA GRAVE: Suspensión temporal para participar en la Fiesta enter uno y cinco años.
3.-FALTA MUY GRAVE: Expulsión a perpetuidad de la Asociación de la Fiesta de Moros y Cristianos de Lleida.
Las comparsas son las responsables de cobrar las sanciones economicas a los festeros y festeras.
ARTICULO 17.-
Premios y distinciones honorificas.
La Asociación de la Fiesta instaura los siguientes premios y distinciones honorificas:
a) Insignia de Oro de la Asociación.
b) Insignia de Plata de la Asociación.
c) Escultura de la Asociación.
La Insignia de Oro es el máximo honor que otorga la Asociación.
Se impondrá a la persona que haya demostrado su soporte continuado a la Asociación o a la Fiesta.
Se otorgará con caracter extraordinario por unanimidad de la Junta Directiva.
La Insignia de Plata es el honor que otorgará cada año al redactor de los parlamentos, la Asociación de la Fiesta, así como a las personas que pueden haber destacado aquel año en apoyo a la Asociación o a la Fiesta.
La concesión sera aprobada por la Junta Directiva con una mayoria de dos tercios.
La Escultura de la Asociación se otorgará a aquellas instituciones o entidades que hayan destacado durante el año por su apoyo a la Asociación o a la Fiesta.
Las propuestas de concesión de Premios y Distinciones las podran hacer la Junta o las comparsas y no se podran dar más de una vez a la misma persona.
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